Les informamos que con fecha 13 de abril de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria (en adelante, “la Ley”), cuya tramitación data del año 2017.
Esta nueva Ley rige in actum, es decir, entra en vigencia desde la fecha de su publicación, salvo algunas normas excepcionales, estas son:
- Artículo 43 de la Ley, relativo a la contratación de seguros colectivos contra incendios. Esta norma entrará en vigencia una vez transcurridos seis meses desde la publicación del reglamento de la Ley. En el tiempo intermedio, seguirá vigente el artículo 36 de la Ley N°19.537.
Luego, respecto de aquellos condominios acogidos a copropiedad inmobiliaria con anterioridad a la entrada en vigencia de dicho artículo 43, tendrán el plazo de dos años para revisar que sus pólizas se ajusten a lo exigido por la Ley.
- Artículo 60 inciso 1° de la Ley relativo a estacionamientos para nuevos condominios de viviendas sociales. Este precepto será exigible para los proyectos que soliciten un permiso de edificación a contar del 1 de enero de 2023. Sin embargo, antes de la fecha referida, los condominios de viviendas sociales que contemplen más de tres viviendas deberán contar, a lo menos, con un estacionamiento por cada dos viviendas.
- Artículo 70 de la Ley relativo a viviendas sociales no podrán contar con más de 160 unidades habitacionales. Este artículo no será exigible para aquellos proyectos que a la fecha de la publicación de la Ley se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) contaren con subsidio asignado; b) hubieren sigo evaluados por el Serviu o ingresados para su evaluación; o c) contaren con Anteproyecto aprobado o Permiso de Edificación otorgado o ingresadas dichas solicitudes.
Adicionalmente, se está a la espera que la autoridad competente dicte el reglamento de la Ley dentro del plazo de doce meses, contados desde hoy, sumado al plazo mínimo de 30 días para el sometimiento a consulta pública, a la luz de lo exigido por esta Ley.
Finalmente, también se espera la pronta dictación de las diversas normativas a que alude la Ley, tal como la Norma Técnica que debe oficializar el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la normativa que debe dictar la Comisión para el Mercado Financiero relativa a los seguros; las modificaciones pertinentes en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; entre otras.
Esta Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece cambios sustanciales a los distintos ámbitos del régimen de Copropiedad Inmobiliaria, los que requieren de un análisis profundo y detallado en cada caso en particular.